El Senado de la República y la Cámara de Diputados y el aprobaron la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial que ordena la aplicación del alcoholímetro en los 32 estados de la República Mexicana, con el objetivo de reducir muertes y accidentes que se provocan al consumo excesivo del alcohol, en esta ley se fija límites de velocidad, y ve por la seguridad de los peatones, a los ciclistas, transporte público y, al final, a los autos particulares, así como obliga el uso del cinturón de seguridad y el uso de casco.
Es por ello que la Diputada Tania Valentina expresó que es esta ley es de suma importancia para la reducción de los accidentes automovilísticos generados por el consumo en exceso del alcohol, así como tiene expectativas que con esta ley los accidentes se reduzcan y que los municipios acaten esta ley de manera correcta y el personal sea correctamente capacitado.
Esta Ley establece que quedará prohibido conducir con una alcoholemia superior a 0.25 miligramos por litro de aire (mg/L) en aire espirado o 0.05 gramos por litro de sangre (g/dL). Para los motociclistas estos parámetros serán de 0.1 (mg/L) o 0.02 (g/dL), pero para los conductores de transporte no habrá tolerancia.