
La Fiscalía Especializada para la Investigación y Persecución del Delito de Feminicidio formuló imputación contra Primitivo “N”, señalado como probable responsable de participar en la agresión contra Margarita Seceña Martínez, quien murió después de ser rociada con gasolina y prendida fuego en Cuautla, en julio de 2022.
Durante la audiencia de formulación de imputación realizada este lunes en la Ciudad Judicial de Cuautla, el Ministerio Público presentó ante el juez los datos de prueba relacionados con la probable participación de Primitivo “N” en los hechos ocurridos el 1 de julio de 2022, además de conductas delictivas presuntamente cometidas en perjuicio de otras cuatro víctimas identificadas con las iniciales D.J.S.S., A.M.C., B.S.S. y R.J.C.S.
De acuerdo con las investigaciones, ese día Primitivo “N”, Ramiro “N”, Karen Jaqueline “N”, María de la Cruz “N”, Nataly “N” y Leobardo “N” acudieron al domicilio de Margarita Seceña, donde presuntamente la amenazaron y golpearon antes de rociarla con gasolina y prenderle fuego.
La agresión ocurrió en el municipio de Cuautla y derivó en lesiones de gravedad para Margarita Seceña, quien posteriormente falleció a consecuencia de las heridas provocadas durante el ataque.
Como parte de las investigaciones, la Fiscalía Especializada obtuvo una orden de aprehensión contra Primitivo “N”, quien fue detenido el domingo 27 de septiembre en el estado de Guerrero y posteriormente puesto a disposición de la autoridad judicial para continuar con el proceso correspondiente.
Luego de la audiencia de este lunes, el juez impuso a Primitivo “N” la medida cautelar de prisión preventiva, mientras que su defensa solicitó la duplicidad del término constitucional para determinar su situación jurídica.
Por ello, el imputado permanecerá en prisión preventiva en espera de que se desarrolle la audiencia en la que se resolverá si es vinculado o no a proceso por los hechos que se le atribuyen.
La Fiscalía señaló que las personas mencionadas en la investigación deben ser consideradas inocentes mientras no exista una sentencia emitida por un órgano jurisdiccional que determine su responsabilidad penal, conforme al artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales.