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De la redacción.

Cuernavaca.- La nueva Ley de Movilidad, Transporte y Seguridad Vial de Morelos establece medidas más severas para los motociclistas con el objetivo de prevenir accidentes viales. Entre las disposiciones se encuentran la obligación de utilizar casco de seguridad certificado, no transportar a menores de doce años y no circular entre carriles.

Según el artículo 135 de la ley, los motociclistas deberán utilizar un casco de seguridad certificado que cumpla con la Norma Oficial Mexicana aplicable o estándares internacionales equivalentes, debidamente abrochado y ajustado. Además, el artículo 136 prohíbe transportar a un número de personas que exceda la capacidad de diseño del vehículo, y en ningún caso se podrá transportar a menores de doce años.

El artículo 137 establece que los conductores de motocicletas deberán circular con las luces delanteras y traseras encendidas y utilizar un carril completo, quedando prohibido circular entre carriles o entre vehículos en movimiento. Finalmente, el artículo 138 establece que todas las motocicletas deberán contar con una placa de matrícula vigente y visible de circulación del Estado de Morelos y tarjeta de circulación física o digital.

La Coordinación General promoverá operativos para verificar el cumplimiento de estas disposiciones y se espera que estas medidas contribuyan a reducir el número de accidentes viales en el estado

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